EditorialMontevideo, julio de 2008 |
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ACERCA DE LOS ABUSOSRecientemente, una integrante de una organización no gubernamental extranjera cuestionó públicamente la capacitación de los profesionales uruguayos para dictaminar en casos de denuncias de abuso sexual de niñas y niños. Los cuestionamientos incluían por igual a los servicios del Poder Judicial y de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República. Ni siquiera se detuvo en los peritos del caso, sino que incluyó a tres ministros de un Tribunal de Apelaciones en lo Penal y a otros tantos de un Tribunal de Apelaciones de Familia. El cuestionamiento, expresado en el ámbito parlamentario, evidenció un grosero desconocimiento del tema en análisis (el abuso sexual de niñas y niños) y de otros varios asuntos conexos (el método pericial, la credibilidad del testimonio infantil, el rol de los adultos en la generación de algunas de estas denuncias, las técnicas de recibo a ser empleadas en estas peritaciones, las nuevas modalidades del abuso infantil, la anatomía genital femenina prepuberal, la biología de la resolución de las contusiones vulvares y la cicatrización de las lesiones himeneales). Más allá de este asunto –alarmante, pero puntual y anecdótico- vale la pena centrar la atención sobre algunos aspectos éticos que pueden resultar avasallados, sea por mera ignorancia, sea por la anteposición de beneficios secundarios obtenidos por algunos adultos involucrados. Estos no son temas puntuales sino permanentes y deberían merecer la vigilancia de los organismos de contralor ético de las profesiones involucradas. Uno de los problemas es el de la certificaciones tendenciosas. Si bien pueden dar lugar a responsabilidad civil y penal, queremos llamar la atención sobre los aspectos éticos. Se trata de un profesional que da fe de un hecho que realmente no le consta, pero que por intuición, ideología o empatía con el o la denunciante, da por bueno lo que debería ser el objeto de la investigación. Bajo el pretexto de “proteger” a un menor, toma partido en un conflicto entre adultos, con un resultado a menudo devastador para el primero. Otro de los desvíos es el desconocimiento del precepto deontológico que impide a un profesional ser terapeuta y perito de un mismo paciente. Lamentablemente, esta situación -tan inaceptable desde el punto de vista terapéutico como pericial- no es infrecuente en los casos de denuncias de abuso sexual. En ocasiones es el propio “terapeuta” quien asume la tarea “pericial”; otra modalidad es que el “perito” hace una derivación de la víctima hacia otro profesional o institución privada con fines “terapéuticos”. Tampoco es excepcional la confusión entre la condición de perito y de asesor de la parte. El perito es, por esencia, independiente de las partes. No le corresponde apoyar a la parte que promueve la denuncia ni a la que la recibe. Su tarea es expedirse, con arreglo a la lex artis ad hoc, respecto de lo solicitado por la sede judicial, libre de todo prejuicio. Finalmente, hay que alertar sobre el establecimiento de una suerte de cultura de los “expertos”. No se trata de psiquiatras, psicólogos, médicos legistas o pediatras, sino de personas “expertas” en violencia, en abuso, en maltrato, que ejercen sin la calificación ni la habilitación necesarias. El maltrato y el abuso sexual de las niñas y los niños es un tema demasiado serio e importante para ser abordado al margen de estándares mínimos de competencia profesional y ética. Esto último es, de hecho, una forma inexcusable de complicidad con el abuso. En efecto, un manejo profesional imperito e irresponsable suele impedir alcanzar una prueba suficiente cuando se trata de denuncias verdaderas, o ser en sí mismo abusivo en los casos de denuncias falaces impulsadas por adultos.
Prof. Agdo. Dr. Hugo Rodríguez Almada
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