Editorial

Montevideo, 20 de agosto de 2002

El médico forense ¿debe ser un médico legista?

Se ha dicho y con razón: que la Medicina Legal Judicial o Forense no se adquiere completa en ningún ámbito académico. Pero a la inversa, sin la debida formación curricular, es imposible poder desempeñar adecuada y correctamente la función pericial medico-forense. Por otra parte, los errores cometidos por escasa formación académica medicolegal son de consecuencias siempre muy graves.

El especialista en Medicina Legal, además de los conocimientos específicos de la especialidad, conoce la importancia de la causalidad y sus distintas formas, directa, indirecta, concausas, causas ocasionales, y su determinación. Conoce, sobre imputación, valoración de las pruebas, normas de procedimiento y leyes aplicables. Estudia el Derecho Médico y las normas deontológicas.

El número y naturaleza de las pericias que se reclaman al Médico Forense es cada vez mayor y son más complejas. Además del necesario dominio de los temas "clásicos" de la Medicina Legal, con sus avances y actualizaciones, como en Valoración del daño a la persona, Baremología, Lesionología y Victimología, se ha incrementado la necesidad de perfeccionamiento y profundización en conocimientos de todas las áreas de la Medicina, la Bioética, la Patología, la Fisiopatología, la Psiquiatría y Toxicología forenses y las distintas especialidades médicas y quirúrgicas.

Constantemente surgen nuevos conocimientos patogénicos, químicos, hematológicos, genéticos.

Nuevas aplicaciones en entomología forense, identificación, etc. que el médico legista, mediante la educación continua y actualización deberá conocer.

Respecto de la Responsabilidad Médica, debe saber e informar sobre cual es el modelo o estándar asistencial correcto en cada situación dada, pero no solo esto incluye la Lex Artis, también lo concerniente al correcto desempeño ético del caso, el respeto a los derechos del enfermo, la confidencialidad, el consentimiento, el ejercicio acorde a los principios bioéticos y sus reglas, las normas profesionales, las disposiciones reglamentarias, como por ejemplo las concernientes a la historia clínica.

En fin, creemos que ha llegado el momento de plantear firmemente la necesidad de la especialización en Medicina Legal para la aspiración a ocupar cargos judiciales de médico-forense. A esta altura del desarrollo medicolegal no puede admitirse ya más la falta de especialidad en el cargo. Si se lo compara con otras especialidades en la actualidad, a nadie se le ocurre admitir como cirujano a quien no tenga título en la especialización, lo mismo un ginecólogo, un traumatólogo, un psiquiatra, neurólogo, etc.

Como complemento a esta determinación será preciso estructurar un sistema que permita que los actuales Médicos Forenses sin título y con un determinado número de años de actividad documentada y calificada, puedan acceder al título de Especialista en Medicina Legal, luego de valorados por una comisión con criterios claros y prefijados (Competencia notoria y/o Actuación documentada de la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina). Que Médicos Forenses con menos tiempo de ejercicio y escasa actuación documentada, deberán realizar los estudios y cursos de la especialidad por un tiempo preestablecido, que la Escuela de Graduados estimará luego del estudio de su currículo y oída la comisión asesora.

La no exigencia como requisito obligatorio y quizás la escasa valoración que a veces se ha hecho del título de especialista en Medicina Legal en nuestro medio, es también causa de que se considere, muy equivocadamente, a todo médico con capacidad pericial, ignorándose a veces la complejidad e importancia que ha adquirido la propia Medicina Forense y la pericia médica.

Pero fundamentalmente se ha esgrimido, como justificación, que era exiguo el número de especialistas para acceder a los cargos judiciales de médicos forenses, sobre todo en el interior del país, máxime exigiéndose residencia en el área de jurisdicción del cargo. Sin embargo hoy podemos afirmar, desde la Cátedra de Medicina Legal, que capacitados postgrados egresan ávidos de poder ejercer su vocación y profesión y existen suficientes especialistas medicolegistas para convertirse en prestigiosos Médicos Forenses.

Prácticamente en forma simultánea con este editorial estamos elevando a la Suprema Corte de Justicia una nota en este mismo sentido. La Suprema Corte, en los llamados hasta ahora realizados a cargos de médico forense, nos consta que solicitaba de preferencia con título de especialista en Medicina Legal. Creemos ha llegado, como ya expresamos, el momento de exigirlo como requisito obligatorio.

 

Prof. Dr. Guido Berro Rovira
Director

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